El dr. Rodrigo Lozano Aste nos envía el siguiente proyecto de ordenanza, que se halla en la comisión de interpretación del HCD bajo el éxpediente 2-17672-hcd-08. Implica modificar toda aquella ordenanza que prohíba el baño en el municipio de Quilmes, basándose principalmente en los siguientes puntos:
Art 1: Propongo un código de banderas que deberá utilizarse y será válido para el municipio de Quilmes.
En cada puesto de guardavidas obligatoriamente deberá existir un mástil que contenga:
Bandera azul: Río en bajante
Bandera amarilla:Precaución, Río en creciente
Bandera gris:Peligro,próxima tormenta y/o sudestada.
Bandera roja:No bañarse/Prohibición de baño.
Bandera verde:Posible presencia de algas tóxicas
Art 2: Uso de la banderas
Una primera bandera de color rojo(prohibición de baño),que tiene como función la de indicar: Agua con contaminación variable,peligro al bañarse
Una segunda bandera de igual tamaño que la primera bandera que indicarán el estado del Río.
Art 3: En referencia a la composición de los carteles de prohibido bañarse.
Deberán existir en igual proporción tanto carteles resumidos como carteles completos,los cuales deben estar compuestos de la siguiente forma:
Los carteles resumidos(ver anexo 2),su objetivo es asegurar una rápida lectura,e informarán acerca de la existencia de la primera bandera y el porque de la prohibición.
Se basa en que cada cartel que indique prohibido bañarse, debe componerse por:
1-Un título que diga:primera bandera(rectangular)
2-El esquema de una bandera roja
3-El significado de la misma :no bañarse/prohibición de baño.
4-Leyenda explicatoria de la prohibición:cualquiera de las dos siguientes leyendas complementarias que expliquen el por que de la prohibición(ver anexo 2).
Los carteles completos(ver anexo 1), su objetivo es informativo.Informarán además de la existencia de la primera bandera y el porque de la prohibición de baño, la existencia de las segundas banderas que indicarán el estado del Río.
Deben componerse por:
1-Un título que diga:primera bandera(rectangular)
2-El esquema de una bandera roja
3-El significado de la misma :no bañarse/prohibición de baño
4-Leyenda explicatoria de la prohibición
5-Un título que diga:segunda bandera
6-El esquema de cada una de ellas
7-El significado de cada una de ellas
8-Explicar el objetivo de las segundas banderas:Indican el nivel de peligrosidad del Río, con excepción de la bandera verde que advierte la posible presencia de algas tóxicas.
Leyenda 1:Bañarse queda bajo su responsabilidad, a pesar de la prohibición y contaminación variable existente.
Leyenda 2:Agua con contaminación variable,peligro al bañarse.
Art 4: Derógase aquella ordenanza y/o decreto municipal que prohíba al baño solamente en los siguientes casos:cuando en un punto y en un instante determinado se compruebe que la calidad de aguas del Río de La Plata tengan un nivel de contaminación que permitan la actividad recreativa por contacto directo, volviendo esta ordenanza a tomar efecto cuando en un punto y en un instante determinado se compruebe que el nivel de contaminación existente impide la actividad por recreativa por contacto directo.
Art 5:Excepciones a la prohibicion de baño, quedarán exceptuados de la prohibición de baño, simpre y cuando se evite el contacto directo con el agua.
Art 6: Con el objeto de evitar acciones represivas y de abuso de autoridad que pueden llegar a dar como resultado enfrentamientos entre bañistas y aquellas personas que efectúan dichas acciones represivas(policía o prefectura) que pudieran llegar a derivar así en lesiones, como consecuencia de dicho enfrentamiento,por todo este motivo deróguese toda aquella ordenanza municipal que penalizase a todo bañista que ingrese a las aguas del Río de La Plata(por ej:multas), a pesar de la prohibición existente.
La solución está demostrado que es sanear el Río, no prohibirlo como se vino haciendo desde hace tres décadas
Art 1: Propongo un código de banderas que deberá utilizarse y será válido para el municipio de Quilmes.
En cada puesto de guardavidas obligatoriamente deberá existir un mástil que contenga:
Bandera azul: Río en bajante
Bandera amarilla:Precaución, Río en creciente
Bandera gris:Peligro,próxima tormenta y/o sudestada.
Bandera roja:No bañarse/Prohibición de baño.
Bandera verde:Posible presencia de algas tóxicas
Art 2: Uso de la banderas
Una primera bandera de color rojo(prohibición de baño),que tiene como función la de indicar: Agua con contaminación variable,peligro al bañarse
Una segunda bandera de igual tamaño que la primera bandera que indicarán el estado del Río.
Art 3: En referencia a la composición de los carteles de prohibido bañarse.
Deberán existir en igual proporción tanto carteles resumidos como carteles completos,los cuales deben estar compuestos de la siguiente forma:
Los carteles resumidos(ver anexo 2),su objetivo es asegurar una rápida lectura,e informarán acerca de la existencia de la primera bandera y el porque de la prohibición.
Se basa en que cada cartel que indique prohibido bañarse, debe componerse por:
1-Un título que diga:primera bandera(rectangular)
2-El esquema de una bandera roja
3-El significado de la misma :no bañarse/prohibición de baño.
4-Leyenda explicatoria de la prohibición:cualquiera de las dos siguientes leyendas complementarias que expliquen el por que de la prohibición(ver anexo 2).
Los carteles completos(ver anexo 1), su objetivo es informativo.Informarán además de la existencia de la primera bandera y el porque de la prohibición de baño, la existencia de las segundas banderas que indicarán el estado del Río.
Deben componerse por:
1-Un título que diga:primera bandera(rectangular)
2-El esquema de una bandera roja
3-El significado de la misma :no bañarse/prohibición de baño
4-Leyenda explicatoria de la prohibición
5-Un título que diga:segunda bandera
6-El esquema de cada una de ellas
7-El significado de cada una de ellas
8-Explicar el objetivo de las segundas banderas:Indican el nivel de peligrosidad del Río, con excepción de la bandera verde que advierte la posible presencia de algas tóxicas.
Leyenda 1:Bañarse queda bajo su responsabilidad, a pesar de la prohibición y contaminación variable existente.
Leyenda 2:Agua con contaminación variable,peligro al bañarse.
Art 4: Derógase aquella ordenanza y/o decreto municipal que prohíba al baño solamente en los siguientes casos:cuando en un punto y en un instante determinado se compruebe que la calidad de aguas del Río de La Plata tengan un nivel de contaminación que permitan la actividad recreativa por contacto directo, volviendo esta ordenanza a tomar efecto cuando en un punto y en un instante determinado se compruebe que el nivel de contaminación existente impide la actividad por recreativa por contacto directo.
Art 5:Excepciones a la prohibicion de baño, quedarán exceptuados de la prohibición de baño, simpre y cuando se evite el contacto directo con el agua.
Art 6: Con el objeto de evitar acciones represivas y de abuso de autoridad que pueden llegar a dar como resultado enfrentamientos entre bañistas y aquellas personas que efectúan dichas acciones represivas(policía o prefectura) que pudieran llegar a derivar así en lesiones, como consecuencia de dicho enfrentamiento,por todo este motivo deróguese toda aquella ordenanza municipal que penalizase a todo bañista que ingrese a las aguas del Río de La Plata(por ej:multas), a pesar de la prohibición existente.
La solución está demostrado que es sanear el Río, no prohibirlo como se vino haciendo desde hace tres décadas